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sábado, 9 de marzo de 2013

Hay nuevas reglas para créditos Infonavit

Se establecen los lineamientos para obtener empréstitos para la adquisición o remodelación de viviendas.


Las Reglas para el otorgamiento de créditos a los trabajadores derechohabientes del Infonavit, que normarán en los próximos años la adquisición o remodelación de inmuebles, fueron publicadas este miércoles en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Estas directrices fueron aprobadas por el Consejo de administración del organismo el pasado 30 de mayo de 2012, en  tanto que el reglamento de las mismas se avaló en una sesión ordinaria celebrada el 31 de octubre de 2012.
La Reglas, que se fundamentan en el artículo 47 de la Ley del Infonavit, establecen los lineamientos para obtener empréstitos para la adquisición en propiedad de habitaciones, financiadas o no por el Infonavit; para la construcción de vivienda; para la reparación, ampliación o mejoras de habitaciones; y para el pago de pasivos adquiridos por cualquiera de los conceptos anteriores.
En la publicación en el DOF se detallan los tipos de créditos que puede adquirir el trabajador, las prórrogas que tiene para solventar sus obligaciones en caso de que pierda el empleo, así como la forma para que los jubilados o pensionados adquieran una vivienda.
 Así mismo, se precisa que:
  • Al solicitar un crédito ya no será necesario que el trabajador autorice al Instituto para que consulte e informe periódicamente a las sociedades de información crediticia
  • Los trabajadores que liquiden un primer crédito podrán obtener un segundo crédito, el cual será otorgado por el Infonavit en coparticipación con entidades financieras, siempre y cuando además de contar con cinco años de cotización se cumplan con los requisitos de elegibilidad que dicho organismo pacte con aquéllas
Los factores de descuento se aplicarán como sigue:
  • Créditos indexados al salario mínimo. Se multiplicará el monto de crédito a otorgar en número de veces de salario mínimo, por el factor de descuento correspondiente, considerando la edad y el ingreso del trabajador de acuerdo con la tabla de factores de descuento contemplada en el anexo dos de las reglas
  • Créditos no indexados al salario mínimo. Se calculará multiplicando el monto de crédito a otorgar por el factor de descuento respectivo, considerando el plazo del crédito de acuerdo con la tabla de factores de descuento prevista en el anexo tres de las reglas
Fuente: IDC.

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