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martes, 25 de agosto de 2009

ARRENDAMIENTO así calculas tus impuestos parteV

Bien ahora tocaremos el tema de:

RÉGIMEN DE ARRENDAMIENTO.

Sí renta o subarrenda Bienes Inmuebles, como locales comerciales,bodegas,despachos, edificios, casa habitación y terrenos entre otras construcciones entonces te corresponde pagar tus impuestos en este Régimen.
Para calcular los pagos mensuales del Impuesto Empresarial a Tasa Única y el Impuesto Sobre la Renta debes deducir los siguientes Gastos:
  1. Impuesto Predial que pague en el año por dichos Inmuebles.
  2. Contribuciones locales de mejoras pagadas a su Estado o DF.
  3. Impuesto local pagado por otorgar el Arrendamiento de Bienes Inmuebles.
  4. Los Gastos de Mantenimiento.
  5. Gastos de Consumo de Agua, siempre que no los paguen los Arrendatarios (inquilinos).
  6. La Luz siempre que se apegue a los requisitos anteriores.
  7. Los Intereses Reales Pagados por préstamos utilizados para la Compra,Construcción o Mejoras de los bienes arrendados.
  8. Los Salarios,Comisiones y Honorarios Pagados, así como las cuotas al IMSS e Infonavit.
  9. Las Inversiones en Construcción, incluidas las Adiciones y Mejoras.
También Podrá Calcular el Impuesto Sobre la Renta de la siguiente forma:
En Lugar de Utilizar los Conceptos Anteriores puede usar lo que se conoce como Deducción Ciega que es Deducir en un 35% de sus Ingresos o Rentas sin Comprobación Alguna, más el Impuesto Predial, de esté ultimo sí se requiere Comprobante Correspondiente.
Es importante Recordar que a partir de Enero de 2008 se debe Enterar el IETU, no olvidemos el IVA y sus correspondientes informativas sí eres persona física, sí eres moral el día 15 de febrero de cada año.

Yo se que Tu te quedaste con ciertas inquietudes y deseas conocer más sobre este Régimen, Dejanos tus inquietudes o entra a:

http://corporativocontablefiscalcostos.com.mx
y concierta una cita.

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