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viernes, 9 de octubre de 2009

EL IVA así se calculas tu impuesto ll parte

En la entrega anterior hablamos sobre aspectos importantes del IVA, pero a petición de nuestros lectores, les entregamos un listado el cual nos permitira saber que productos estan Gravados a Tasa 0% u estan Exentos, los productos que no aparecen en esta lista podran estar Gravados a Tasa del 10% o 15%, dependiendo el caso, algo a tomarse en cuenta es que esta Lista no es limitativa si no enunciativa.

PRINCIPALES GIROS O ACTIVIDADES QUE SOLO PAGAN IMPUESTO SOBRE LA RENTA POR QUE SUS VENTAS O PRESTACIONES DE SERVICIOS ESTÁN GRAVADOS A TASA 0% O EXENTAS DE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.

  1. Animales y vegetales que no estén industrializados. (Art. 2-A LIVA) carnicerías, verdulerías, fruterías, pollerías, tortillerías.
  2. Medicinas de patentes. (Art. 2-A LIVA) farmacias exclusivamente venta de medicinas.
  3. Leche, jugos, néctares. (Art. 2-A LIVA
  4. Hielo y agua no gaseosa ni compuesta, excepto cuando en este último caso, su presentación sea en envases menores a diez litros. (Art. 2-A LIVA)
  5. Ixtle, palma o lechuguilla. (Art. 2-A LIVA)
  6. Tractores para accionar implementos agrícolas, llantas para dichos tractores. (ART. 2-A LIVA)
  7. Fertilizantes, plaguicidas, herbicidas y fungicidas. (Art. 2-A LIVA)
  8. Invernaderos hidropónicos y equipo de irrigación. (Art. 2-A LIVA)
  9. Oro, joyería orfebrería, piezas artísticas ornamentales y lingotes cuyo contenido mínimo de dicho material sea del 80% cuya enajenación se efectué al menudeo con el público en general. (Art. 2-A LIVA)
  10. Libros, periódicos y revistas. (Art. 2-A LIVA)
  11. Presta servicios a agricultores y ganaderos, perforación de pozos. (Art. 2-A LIVA)
  12. Molienda o trituración de maíz o trigo. (Art. 2-A LIVA) molinos.
  13. Sacrificio de ganado y aves de corral. (Art. 2-A LIVA) rastros.
  14. Reaseguro. (Art. 2-A LIVA)
  15. Suministro de agua para uso domestico. (Art. 2-A LIVA).
  16. Concentrados de frutas y verduras, cultivos lácticos o lacto bacilos tales como yogurt para beber, producto lácteo fermentado. (D.O.F. 19 de julio 2006).
  17. Alimentos envasados al vació o congelados. (D.O.F. 28 DE ABRIL 2006)
  18. Preparación de compuestos de carne o despojos (incluidos tripas y estómagos) cortados en trocitos o picados, o de sangre, introducidos en tripas, estómagos, vejigas, pies o envolturas similares. (D.O.F. 28 DE ABRIL 2006).
  19. Tortillas de maíz o trigo. (D.O.F. 28 DE ABRIL 2006).
  20. Productos de panificación, inclusive pasteles y galletas. (D.O.F. 28 DE ABRIL 2006) panaderías.
  21. Uso o goce temporal de maquinaria y equipo de tractores e invernaderos hidropónicos. (ART. 2-A LIVA).
  22. Suelo. (Art. 9 de la LIVA).
  23. Construcciones destinadas a casa habitación. (Art. 9 de la LIVA).
  24. Bienes muebles usados. (Art. 9 de la LIVA).
  25. Billetes que permitan participar en lotería, rifas, sorteos, juegos con apuestas. (Art. 9 de la LIVA).
  26. Moneda nacional y extranjera y onza troy. (Art. 9 de la LIVA).
  27. Comisiones por concepto de créditos hipotecarios para adquirir, ampliar, construir o reparar casas habitación. (Art. 15 de la LIVA).
  28. Comisiones que cobren las administradoras de fondos para el retiro. (Art. 15 de la LIVA).
  29. Los servicios prestados en forma gratuita. (Art. 15 de la LIVA).
  30. Los servicios de enseñanza que tengan autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, en términos de la Ley General de Educación. (Art. 15 de la LIVA) escuelas sin venta de uniformes.
  31. El trasporte Público terrestre de personas. (Art. 15 de la LIVA) taxis, autobús, microbús.
  32. Aseguramiento contra riesgos agropecuarios y seguros de vida. (Art. 15 de la LIVA).
  33. Los de espectáculos públicos por boleto de entrada. (Art. 15 de la LIVA).
  34. Los servicios profesionales de medicina, cuando su prestación requiera titulo de medico. (Art. 15 de la LIVA).
  35. Los inmuebles destinados o utilizados exclusivamente para casa habitación. (Art. 20 de la LIVA).
  36. Fincas dedicadas o utilizadas solo a fines agrícolas. (Art. 20 de la LIVA).
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