Contadores Públicos

Contadores Públicos
COFICOST S.C. : Teléfono 55-38-82-96-10.

sábado, 14 de enero de 2012

Ley de la Firma Electrónica Avanzada


Se expide esta Ley con el objeto de regular: el uso de la firma electrónica avanzada (FEA) en los actos previstos en esa Ley y la expedición de certificados digitales a personas físicas; los servicios relacionados con la FEA, y su la homologación con otras firmas de la misma naturaleza reguladas por otros ordenamientos legales (artículo 1o).
Están sujetas a la Ley las dependencias y entidades; los servidores públicos de las mismas que en la realización de tales actos y los particulares, en los casos en que utilicen la FEA (artículo 3o).
Las disposiciones de la Ley no son aplicables a actos en que no sea factible el uso de la FEA por disposición de ley o en los que exista previo dictamen de la Secretaría de la Función Pública (SFP) ni a las materias fiscal, aduanera y financiera. En los actos de comercio e inscripciones en el Registro Público de Comercio, el uso de la FEA se regirá de conformidad con el Código de Comercio y demás ordenamientos aplicables en la materia, sin perjuicio de la aplicación de lo dispuesto en esta nueva Ley en lo que resulte procedente (artículo 4o).
La FEA puede usarse en documentos electrónicos y en mensajes de datos, los cuales producirán los mismos efectos que los presentados con firma autógrafa y, en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio (artículo 7o).
Se fijan sus requisitos en el artículo 8o y se declara que es necesario que los sujetos obligados cuenten con un certificado digital vigente, emitido u homologado en términos de la Ley, y una clave privada (artículo 9o).
Se especifican  las características del certificado digital (artículo 17) y los derechos de su titular (artículo 21); así como a las autoridades certificadoras: la  SFP, la Secretaría de Economía y el Servicio de Administración Tributaria (artículo 23).
Vigencia: Entra en vigor a los 120 días hábiles siguientes al 11 de enero de 2012, derogándose las disposiciones legales y administrativas opuestas a esta Ley.
Fuente: Decreto por el que se expide la Ley de Firma Electrónica Avanzada (DOF del 11 de enero de 2012, SFP).

No hay comentarios:

Publicar un comentario