Contadores Públicos

Contadores Públicos
COFICOST S.C. : Teléfono 55-38-82-96-10.

domingo, 26 de agosto de 2018

REQUISITOS PARA LA AUTORZACIÒN DE ENAJENACIÒN DE ACCIONES


Las autoridades fiscales autorizarán la enajenación de acciones a costo fiscal en los
casos de re estructuración de sociedades constituidas en México pertenecientes a un mismo grupo,
siempre que se cumpla con los siguientes requisitos:

  • El costo promedio de las acciones respecto de las cuales se formule la solicitud se determine,
    • a la fecha de la enajenación, conforme a lo dispuesto en los artículos 22 y 23 de esta Ley,
    distinguiéndolas por enajenante, emisora y adquirente, de las mismas..

    • Las acciones que reciba el solicitante por las acciones que enajena permanezcan en
    • propiedad directa del adquirente y dentro del mismo grupo, por un periodo no menor de dos
    años, contados a partir de la fecha de la autorización a que se refiere este artículo.


    • Las acciones que reciba el solicitante por las acciones que enajene, representen en el capital
    • suscrito y pagado de la sociedad emisora de las acciones que recibe, el mismo por ciento que
    • las acciones que enajena representarían antes de la enajenación, sobre el total del capital
    • contable consolidado de las sociedades emisoras de las acciones que enajena y de las que
    • recibe, tomando como base los estados financieros consolidados de las sociedades que
    • intervienen en la operación, que para estos efectos deberán elaborarse en los términos que
    • establezca el Reglamento de esta Ley, precisando en cada caso las bases conforme a las
    cuales se determinó el valor de las acciones, en relación con el valor total de las mismas..
    • La sociedad emisora de las acciones que el solicitante reciba por la enajenación, levante acta
    • de asamblea con motivo de la suscripción y pago de capital con motivo de las acciones que
    • reciba, protocolizada ante fedatario público, haciéndose constar en dicha acta la información
    • relativa a la operación que al efecto se establezca en el Reglamento de esta Ley. La sociedad
    • emisora deberá remitir copia de dicha acta a las autoridades fiscales en un plazo no mayor de
    30 días contados a partir de la protocolizan.

    • La contra prestación que se derive de la enajenación consista en el canje de acciones emitidas
    por la sociedad adquirente de las acciones que transmite.
    • El aumento en el capital social que registre la sociedad adquirente de las acciones que se
    enajenan, sea por el monto que represente el costo fiscal de las acciones que se transmiten.

    • Se presente un dictamen, por contador público registrado ante las autoridades fiscales, en el
    • que se señale el costo comprobado de adquisición ajustado de acciones de conformidad con
    los artículos 22 y 23 de esta Ley, a la fecha de adquisición

    • El monto original ajustado del total de las acciones enajenadas, determinado conforme a la
    • fracción VII de este artículo al momento de dicha enajenación, se distribuya
    • proporcionalmente a las acciones que se reciban en los términos de la fracción III del mismo
    artículo.

    FUENTE:LEY ISR
    ATENTAMENTE FICOST SC
    Cd Satélite Edo Mex.
    " No proporcionamos ASESORÍA GRATIS POR NINGÚN MOTIVO"
    Correo r.coficost@gmail.com
    Citas 55-38-82-96-10.
    Lunes a Viernes de 9:00 a 18:00






    No hay comentarios:

    Publicar un comentario