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jueves, 10 de noviembre de 2016

Información sobre préstamos de entidades financieras a pensionados Ley

lunes, 7 de noviembre de 2016

Cálculo de pagos extemporáneos en SUA

Como las cuotas obrero-patronales, aportaciones habitacionales, y amortizaciones de créditos de vivienda, se generan por mensualidad o bimestre vencido, los patrones están obligados a pagarlas a más tardar el día 17 del mes o bimestre inmediato siguiente a su causación.
Si lo hacen extemporáneamente, además de cubrir la suerte principal, deben liquidar la actualización y los recargos correspondientes, de acuerdo con los artículos 39 y 40-A de la Ley del Seguro Social; y a los artículos 35, 56 y Sexto Transitorio del Decreto de reforma a la Ley del Infonavit del 6 de enero de 1997.
Supletoriamente a las leyes del Seguro Social y del Infonavit, los numerales 17-A y 21 del CFF, señalan que la actualización se determina aplicando a la suerte principal (adeudo), el factor de actualización, el cual se obtiene dividiendo el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) del mes anterior al más reciente (previo al que se efectuó el pago) entre INPC del mes anterior al más antiguo de dicho periodo (previo al que se debió pagar), y los recargos se calculan multiplicando el monto actualizado del adeudo por la tasa que resulte de sumar las tasas de recargos aplicables para cada uno de los meses transcurridos en el lapso de actualización.
Estas cantidades se generan a partir del día siguiente a aquel en que el adeudo omitido es exigible, como a continuación se cita:
ConceptoCausación
ActualizaciónPor mes
RecargosPor mes, o por la fracción transcurrida de mes, del día en que debió hacerse el pago hasta aquel en que éste se efectúe
En el siguiente caso práctico se describen los procedimientos manual y automático (en el SUA) a seguir por los patrones para conocer el costo de no cubrir las contribuciones de seguridad social a tiempo.
Sin bien es de gran apoyo que el SUA determine el costo en comento es recomendable que los empresarios verifiquen dicho cálculo, porque es común que por los problemas que este sistema presenta en sus controladores, sea incorrecto, lo cual repercute en la economía de aquellos.
Caso práctico
Supóngase que la empresa Plásticos Omega, SA de CV no enteró las cuotas obrero-patronales, aportaciones y amortizaciones de vivienda correspondientes a enero, febrero y primer bimestre de 2014, las cuales pagará el 5 de agosto, y por tanto desea conocer el importe de la actualización y recargos generados a dicha fecha.
Datos generales
ConceptoEneroFebrero
Cuotas IMSS
$254,519.69
$229,889.04
Más:Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV)

212,280.92
Más:Aportaciones y amortizaciones de vivienda

196,199.77
Igual:Total de cuotas adeudadas
$254,519.69
$638,369.73
Cálculo manual
  1. Determinación del monto de actualización de  las cuotas de enero
Fórmula
Sustitución
INPC del mes anterior al que se efectuó el pago (julio estimado)*
112.722
Entre:INPC del mes anterior al que se debió pagar (enero)*
112.505
Igual:Factor de actualización
1.0019
Por:Cuotas IMSS adeudadas
$254,519.69
Igual:Monto actualizado de cuotas
$255,003.28
Menos:Cuotas IMSS adeudadas
254,519.69
Igual:Monto de actualización
$483.59
Nota:
* Índices conforme a la nueva base (segunda quincena de diciembre 2010=100)
2. Determinación del monto de recargos de las cuotas de enero
FórmulaSustitución
Tasa de recargos del mes de:
Febrero
1.13%
Marzo
1.13%
Abril
1.13%
Mayo
1.13%
Junio
1.13%
Julio
1.13%
Igual:Tasa total de recargos del período
6.78%
Por:Monto actualizado de cuotas
$255,003.28
Igual:Monto de recargos
$17,289.22
3.-Determinación del monto total a pagar de enero
FórmulaSustitución
Cuotas IMSS adeudadas
$254,519.69
Más:Monto de actualización
483.59
Más:Monto de recargos
17,289.22
Igual:Monto total a pagar
$272,292.50
 4.-Determinación del monto de actualización de las cuotas de febrero
Fórmula
Sustitución
Cuotas IMSS
(mensual)
RCV
(bimestral)
INPC del mes anterior al que se efectuó el pago (julio estimado)1
112.722
112.722
Entre:INPC del mes anterior al que se debió pagar (febrero)1
112.790
112.790
Igual:Factor de actualización
1.00002
1.00002
Por:Cuotas adeudadas
$229,889.04
$212,280.92
Igual:Monto actualizado de cuotas
229,889.04
212,280.92
Menos:Cuotas IMSS adeudadas
229,889.04
212,280.92
Igual:Monto de actualización
$0.00
$0.00
Notas:
1 Índices conforme a la nueva base (segunda quincena de diciembre 2010=100)
2 Como el resultado es menor a uno, se considera este valor en términos del numeral 21, quinto párrafo del CFF
 5.-Determinación del monto de recargos de las cuotas de febrero
Concepto
Cuotas IMSS
(Mensual)
RCV
(bimestral)
Tasa de recargos del mes de:
Marzo
1.13%
1.13%
Abril
1.13%
1.13%
Mayo
1.13%
1.13%
Junio
1.13%
1.13%
Julio
1.13%
1.13%
Igual:Tasa total de recargos del periodo
5.65%
5.65%
Por:Cuotas adeudadas
$229,889.04
$212,280.92
Igual:Monto de recargos
$12,988.73
$11,993.87
 6.-Determinación del monto de actualización de las aportaciones del primer bimestre
FórmulaSustitución
INPC del mes anterior al se efectuó el pago (julio estimado)1
112.722
Entre:INPC del mes anterior al se debió pagar (febrero)1
112.790
Igual:Factor de actualización
1.00002
Por:Aportaciones Infonavit adeudadas
$196,199.77
Igual:Monto actualizado de aportaciones
196,199.77
Menos:Aportaciones Infonavit adeudadas
196,199.77
Igual :Monto de actualización
$0.00
Notas:
1  Índices conforme a la nueva base (segunda quincena de diciembre 2010=100)
2  Como el resultado es menor a uno, se considera este valor en términos del numeral 21, quinto párrafo del CFF
7. -Determinación del monto de recargos de las aportaciones del primer bimestre
Fórmula
Sustitución
Tasa de recargos del mes de:
Marzo
1.13%
Abril
1.13%
Mayo
1.13%
Junio
1.13%
Julio
1.13%
Igual:Tasa total de recargos del periodo
5.65%
Por:Aportaciones Infonavit adeudadas
$196,062.43
Igual:Monto de recargos
$11,077.53
8.- Determinación del monto total a pagar por enero, febrero y primer bimestre
FórmulaEneroFebreroBimestral
Cuotas IMSS adeudadas
$254,519.69
$229,889.04
$212,280.92
Más:Monto de actualización
483.59
0.00
0.00
Monto de recargos
17,289.22
12,988.73
11,993.87
Igual:Subtotal
$272,292.50
$242,877.77
$224,274.79
Más:Aportaciones Infonavit adeudadas


196,199.77
Monto de actualización


0.00
Monto de recargos


11,077.53
Igual:Total a pagar
$272,292.50
$242,877.77
$431,552.09
Cálculo automático
1 El interesado debe ingresar al SUA con la clave de acceso correspondiente; en el menú Actualizar, opción INPC y recargos, pantalla Actualizar INPC y Recargos, capturar mes a mes los INPC’s y las tasas de recargos correspondientes y posteriormente pulsar los botones Actualizar, Sí y Aceptar en los cuadros de diálogo que aparecen
2 Terminado el registro debe dar clic en Salir a efecto de visualizar y revisar los factores alimentados; en caso de que exista un error basta con sombrear el renglón de que se trate y oprimir el botón Eliminar y después anotar la información correcta
3 Enseguida hay que seleccionar en el menú Cálculos, la opción Pago Extemporáneo. En la pantalla Cálculos Extemporáneos en los espacios Periodo a Procesar y Año a procesar debe elegir el mes y año a determinar (en este caso enero de 2014); en Fecha de Pago debe señalar el día hábil bancario en que a más tardar efectuará el pago (en este ejemplo es 05/08/2014), y posteriormente presionar los botones Calcular y Aceptar.
4 De inmediato se despliega la pantalla Cálculos Extemporáneos, en donde se debe oprimir el botón Mensual a fin de que se despliegue el detalle de la CÉDULA DE DETERMINACIÓN DE CUOTAS EXTEMPORÁNEO, la cual debe guardar en PDF en su equipo de cómputo; archivo que también puede imprimirse pulsando el icono respectivo. Si desea salir del reporte basta con cerrar la pantalla
5 Posteriormente en la pantalla Cálculos Extemporáneos debe tildar los seguros a cubrir (en este caso como el cálculo es de enero hay que pulsar IMSS) y dar clic en Generar Pago y enseguida señalar la ruta en donde se desea guardarse el archivo de pago y presionar los botones Aceptar
6 De inmediato el sistema habilitará la opción Resumen Liq, la cual debe oprimirse para obtener el reporte Resumen de Liquidación”, mismo que debe guardarse en el equipo de cómputo e imprimirse si se desea, presionando el icono respectivo
Todo el procedimiento descrito debe llevarse a cabo para determinar las cuotas relativas a febrero y el primer bimestre de 2014
Pago de cuotas
Hecho lo anterior, el patrón puede ingresar al portal bancario de su preferencia para realizar el pago correspondiente, previa validación del archivo de pago generado por el SUA, y obtener su comprobante de pago; o si lo desea, puede ingresar al sistema de pago referenciado del IMSS (SIPARE) disponible en la página electrónica: www.imss.gob.mx para generar su línea de captura y luego efectuar el entero en forma presencial o en línea en el banco de su preferencia.
Finalmente si desea conocer cómo funciona el SIPARE se recomienda consultar los temas “SIPARE, herramienta de pago de IMSS e Infonavit” y “Cómo solicitar el CFDI por el pago de cuotas al IMSS”.
Fuente IDC

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Asesores en Materia Fiscal & Contable

Siete pasos para tu contabilidad electrónica


Tdos los registros contables de tu compañía deben estar integrados en un sistema electrónico que genere archivos XML, a fin de que puedas enviarlos al SAT a partir del próximo mes de octubre. Aquí te mostramos cuál es el procedimiento a seguir:


Fuente IDC

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viernes, 4 de noviembre de 2016

Nuevos catálogos del complemento de nóminas 1.2

El SAT liberó el acceso al documento “Catálogos del complemento de nómina”, contenidos en un archivo de Excel cuya integración abarca los siguientes rubros:
Identificador
Descripción
c_Banco
Catálogo de bancos
c_Estado
Catálogo de estados
c_OrigenRecurso
Catálogo del tipo de origen recurso
c_PeriodicidadPago
Catálogo de tipos de periodicidad del pago
c_RegimenFiscal
Catálogo de régimen fiscal
c_TipoContrato
Catálogo de tipos de contrato
c_TipoDeduccion
Catálogo de tipos de deducciones
c_TipoHoras
Catálogo de tipos de hora extra
c_TipoIncapacidad
Catálogo del tipo de incapacidad
c_TipoJornada
Catálogo de tipos de jornada laboral
c_TipoNomina
Catálogo de tipos de nómina
c_TipoOtroPago
Catálogo de otro tipo de pagos
c_TipoPercepcion
Catálogo de tipos de percepciones
c_TipoRegimen
Catálogo de tipos de régimen de contratación
c_RiesgoPuesto
Catálogo de clases en que deben inscribirse los patrones
En este documento resaltan los siguientes puntos:
  • se actualizó el catálogo de bancos, e incluye la clave 999 N/A
  • el “Catálogo de estados” también comprende entidades de EEUUA y Canadá
  • existe un nuevo catálogo para indicar el origen de recursos, tratándose de nóminas pagadas por entidades que pertenecen al Sistema de Coordinación Fiscal
  • se ampliaron los supuestos de periodo de pago
  • se incorporó un catálogo completo de régimen fiscal, con sus respectivas claves. En los supuestos que a continuación se describen, aún no se ha asignado la clave respectiva:
    • hidrocarburos
    • de los regímenes fiscales preferentes y de las empresas multinacionales, y
    • enajenación de acciones en bolsa de valores
  • se contemplaron diferentes tipos de contratos laborales, acorde con las nuevas disposiciones de la Ley Federal de Trabajo
  • se introdujeron diferentes tipos de incapacidad y jornadas laborales
  • se agregó un catálogo de “otros tipos de pagos” que comprende:
    • devolución de ISR
    • subsidio efectivamente entregado al trabajador, y
    • viáticos
  • las nóminas pueden ser ordinarias y extraordinarias
  • existen conceptos de percepciones más detallados
  • en cuanto al régimen de contratación, incluyen todos los conceptos de asimilados a salarios contemplados en la LISR
Recuerda, que el uso del nuevo complemento de nóminas (versión 1.2), incluyendo los catálogos anteriores, será obligatorio a partir del 1o. de enero de 2017.
FUENTE IDC

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Guía para el llenado del complemento de nóminas

Este 28 de octubre el SAT dio a conocer en su página de Internet la guía de llenado para los contribuyentes que emitan el CFDI de nóminas.
Entre los aspectos que destacan en este documento están los siguientes:
  • nómina ordinaria:  es el pago del sueldo fijo ya sea semanal, quincenal o mensual
  • nómina extraordinaria:  son pagos como la PTU, el aguinaldo, que se emiten por  separación
  • debes llenar el concepto de percepciones (antes era opcional)
  • el importe total de la nómina no puede ser negativo
  • en caso de llenar el campo de registro patronal, porque cuentas con él, es obligatorio también capturar en los campos de número de seguridad social, fecha de inicio de la relación laboral, antigüedad , riesgo de trabajo y salario diario integrado de los trabajadores de que se trate
  • el campo de RFC de patrón origen, se refiere cuando el empleador a través de un tercero (fideicomiso) paga una jubilación o pensión. Aquue tidera qye dores de quyefecheí el RFC a plasmar es el ex patrón
  • en el supuesto de la subcontratación el RFC a manifestar es el de la empresa que contrata a otra para que los trabajadores les presten un servicio, y
  • considera que el porcentaje de tiempo es el tiempo que el trabajador prestó sus servicios a diversas empresas (outsouricing). Si solo presta el servicio a una empresa se anota 100  %
Como puedes observar esta información es un paso que el SAT da para aclarar algunas dudas de los contribuyentes, a efectos de que el próximo 1o. de enero, sin ningún problema puedan expedir el CFDI de nóminas de sus trabajadores.
Se deseas conocer con profundidad el contenido de la guía de referencia da clic aquí.
FUENTE IDC

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