Contadores Públicos

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domingo, 23 de diciembre de 2012

Gobiernos mexicano y de EU fortalecen relación aduanera

Se implementarán proyectos que faciliten el comercio e incrementen la competitividad.


México y Estados Unidos reafirmaron continuar y expandir la relación entre las autoridades aduaneras de ambas naciones, así como “fortalecer la cooperación para implantar iniciativas y proyectos que faciliten el comercio e incrementen la competitividad”, informó la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
Los dos países también acordaron “expandir los mecanismos de intercambio de información para elevar el cumplimiento [de la ley] y la seguridad” en ambos lados de la frontera.
La coincidencia entre México y Estados Unidos en materia aduanera se dio a conocer luego de que el secretario de Hacienda, Luis Videgaray Caso, y el Jefe del Servicio de Administración Tributaria, Aristóteles Núñez Sánchez, sostuvieron una reunión de trabajo con la secretaria del Departamento de Seguridad Interna de Estados Unidos, Janet Napolitano.
Fuente: IDC.
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¿Necesitas realizar trámites ante el SAT?

Consulta los servicios que estarán disponibles entre el 20 de diciembre de 2012 y el 4 de enero de 2013.


El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informa respecto de los servicios al contribuyente que se ofrecerán durante este periodo.
  • los servicios a través de internet, como declaraciones y pagos, cambios de domicilio y demás movimientos en el RFC, avisos y demás operaciones se seguirán prestando de manera normal
  • el 20 y 21 de diciembre de 2012 y del 2 al 4 de enero 2013, los Módulos de Servicios del SAT proporcionarán el servicio de Firma Electrónica Avanzada preferentemente con cita
  • del 19 de diciembre al 4 de enero se suspenderá temporalmente la atención del resto de los servicios en los Módulos de Servicios del SAT
  • la atención telefónica a través de InfoSAT y el servicio de Chat se atenderán de manera normal durante este periodo excepto el 25 de diciembre y el 1 de enero
  • los servicios de Orientación Fiscal, Aclaraciones, Servicios o Solicitudes, Reconocimientos, Sugerencias y Quejas, serán suspendidos exclusivamente del 20 de diciembre al 4 de enero
A partir del 7 de enero de 2013 se reanuda la prestación de los servicios en todos los Módulos a nivel nacional, bajo el esquema preferentemente con cita.
Fuente: IDC.
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Salarios mínimos aumentan 3.9%

Para la zona A será de 64.76 pesos diarios y para la B de 61.38 pesos.


La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami) acordó un aumento general de esa percepción para 2013 del 3.9%, por lo que a partir del 1 de enero para la zona geográfica A el salario mínimo será de 64.76 pesos por día, y para la zona B de 61.38 pesos diarios.
Este aumento es inferior al registrado para 2012, el cual fue de 4.2% general.
Cabe recordar que el Consejo de representantes de la Conasami acordó en noviembre pasado igualar los sueldos básicos de las zonas A y B. Esta última zona comprende municipios de los estados de Jalisco, Nuevo León, Sonora, Tamaulipas y Veracruz.
Fuente: IDC.
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Lista la Ley de Ingresos 2013

El Congreso aprobó ingresos por 3 billones 956,361.6 millones de pesos.


El pleno del Senado de la República aprobó en lo general y en lo particular el dictamen de la Ley de Ingresos 2013, avalado previamente por la Cámara de Diputados, que establece un presupuesto de 3 billones 956,361.6 millones de pesos. El dictamen se aprobó con 85 votos a favor, 30 en contra, y dos abstenciones.
La Ley fue aprobada en menos de una semana, luego de que el pasado viernes el secretario de Hacienda, Luis Videgaray, entregara el proyecto a la Cámara de Diputados dentro del Paquete Económico para el próximo año.
El Congreso aprobó ingresos por 3 billones 956,361.6 millones de pesos, respecto a los 3.931 billones del planteamiento original del Ejecutivo federal.
Entre los cambios hechos está el ajuste al precio de la mezcla mexicana de petróleo que pasa de 84.9 a 86 dólares por barril. Como consecuencia de esto se da una modificación al Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), lo cual implica que los subsidios estimados pasen de 41,462.9 millones de pesos a 48,895 millones de pesos.
Con relación a la carátula, las cifras macroeconómicas se mantuvieron sin cambio: Un crecimiento estimado para 2013 de 3.5%, déficit público del 0% del PIB, inflación de 3%, Cetes 28 días con una tasa de interés 4.6% y un tipo de cambio de 12.90 pesos por dólar.
Se autorizó también un monto de endeudamiento neto interno de hasta por 415,000 millones de pesos y un endeudamiento neto externo de 7,000 millones de dólares.
Tras la aprobación en el Senado, la Cámara de Diputados comenzará la discusión del Presupuesto de Egresos 2013, que completa el Paquete Económico presentado por el gobierno del presidente Enrique Peña Nieto.
Fuente: IDC.
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martes, 18 de diciembre de 2012

LIF 2013


Se publicó en el DOF la LIF para el siguiente año en los términos previamente indicados por IDC Asesor Jurídico y Fiscal en los infoflash números 1657 y 1658, de fechas 10 y 13 de diciembre de 2012, respectivamente, titulados "Paquete económico 2013" y "Avanza la LIF 2013", cuyos puntos a resaltar son los siguientes:
  • la tasa de recargos por prórroga permanece en 0.75% mensual sobre los saldos insolutos y las ya conocidas de pago en parcialidades (art. 8)
  • se mantienen los estímulos ya conocidos (art. 16)
  • a quienes se les impongan multas formales (relacionadas con el RFC, presentación de declaraciones, solicitudes o avisos, obligación de llevar contabilidad, o por no efectuar pagos provisionales de una contribución), salvo por declarar pérdidas fiscales en exceso, pagarán el 50% de la multa si realizan su entero después  de iniciada la visita domiciliaria o revisión de gabinete y hasta antes de levantar el acta final o se notifique el oficio de observaciones, siempre y cuando, además de la multa, se paguen las contribuciones omitidas y sus accesorios.
    Si se paga una vez levantada el acta final o notificado el oficio de observaciones, pero antes de haberse notificado la liquidación de contribuciones omitidas, el porcentaje a cubrir será el del 60% (art. 15)
  • el nuevo tratamiento de intereses será aplicable hasta 2014 (art. 21, frac. I, numeral 1, primer párrafo)
  • en relación con el IETU, el listado de conceptos que sirva de base para determinarlo solo se presentará anualmente; además, se continúa con la prohibición de aplicar el crédito fiscal por exceso de deducciones contra el ISR del ejercicio (art. 21, frac. II, numeral 2)
  • se prevé un programa de condonación de:
    • créditos fiscales causados antes del 1o de enero de 2007
    • recargos y multas de créditos fiscales de cuotas compensatorias, contribuciones, multas por las obligaciones formales, causadas desde el 1o de enero de 2007 al 31 de diciembre de 2012, al 100%
    • multas impuestas durante 2012 y 2013 (art. tercero transitorio)
Vigente: A partir del 1o de enero de 2013.
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Descansos para el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje en 2013


El Pleno del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje (TFCA) comunica a los abogados y al público en general los días de descanso que tendrá durante 2013.
Día de asueto
Las fechas de asueto, además de los sábados y domingos, son las siguientes:
Enero               1o
Febrero            4
Marzo              18
Abril                1o. (Día del Trabajador del Tribunal)
Mayo               1o.
Julio                13 al 31 (primer periodo vacacional)
Septiembre      16
Noviembre       18
Diciembre        14 al 31 (segundo periodo vacacional)
Cómputo de plazos
En estos días no correrá ninguno de los términos establecidos en las leyes y ordenamientos aplicables en la materia, relacionados con los procedimientos y actuaciones que tiene a su cargo el TFCA.
Fuente: Acuerdo del Tribunal en Pleno emitido en sesión ordinaria celebrada el 4 de diciembre de 2012, que fija la suspensión de labores correspondiente al año 2013 (DOF, TFCA, 14 de diciembre de 2012).
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Avanza la LIF 2013


Se mantiene básicamente el esquema descrito en el Infoflash número 1657, pero se observan las siguientes novedades: 
  • Se elimina la limitación para deducir las erogaciones por concepto de  gastos médicos, hospitalarios, dentales y de  transportación escolar obligatoria, si se realizan en efectivo
  • No se deroga el artículo transitorio que permite la disminución de las tasa del ISR, sino que únicamente difiere su aplicación al 2014
  • La tasa para la cerveza con una graduación alcohólica de hasta 14º G.L. tendrá en 2013 una tasa del 26.5%, y en 2014 de 26%; para las bebidas con contenido alcohólico y cerveza con una graduación alcohólica de más de 20º G.L. será de 53% en 2013 y 52% en 2014
  • Se prevé un programa de condonación de:
    • créditos fiscales causados antes del 1 de enero de 2007, previa solicitud del contribuyente y bajo los parámetros previstos en la LIF
    • recargos y multas de créditos fiscales de cuotas compensatorias y contribuciones federales distintas a las que el contribuyente debió retener, trasladar o recaudar, así como las multas por las obligaciones formales, causadas desde el 1o de enero de 2007 al 31 de diciembre de 2012, al 100%, si se pagan las cuotas o contribuciones actualizadas en una sola exhibición
    • multas impuestas durante 2012 y 2013, por el incumplimiento a obligaciones distintas de pago, con excepción de la relativa a declarar pérdidas fiscales en exceso, reduciéndose en un 60%, si se cubren a los 30 días después de su notificación
A resolver amparos de ISR y el CFF
Se levanta el aplazamiento en el dictado de la sentencia en los amparos del conocimiento de los TCC en los que subsiste el problema de constitucionalidad del remanente distribuible ficto para personas morales  no contribuyentes previsto en el artículo 95, párrafo segundo de la LISR, publicada el 1o de enero de 2000.
También se levanta el diferimiento del dictado de las sentencias en los amparos en revisión y en los directos en los que subsista el problema de constitucionalidad relativo a las sanciones y amonestaciones para el contador público registrado previstas en los artículos:
  • 52, párrafo tercero del CFF, incluyendo sus reformas publicadas en el DOF del 5 de enero de 2004 y del 12 de diciembre de 2011
  • 58, fracción II del RCFF, difundido en el mismo medio de publicación oficial el 29 de febrero de1984, vigente hasta el 7 de diciembre de 2009
  • 65 del RCFF, vigente a partir del 8 de diciembre de 2009
Asimismo, se quita la reserva de envío de esos asuntos a dichos Tribunales, suspendida mediante diverso acuerdo.
Los asuntos referidos en el párrafo anterior pendientes de resolución tanto en la SCJN como en los TCC, serán resueltos por los segundos, aplicando la jurisprudencia y tesis aisladas sustentadas por ese Alto Tribunal y, en su caso, con plenitud de jurisdicción sobre los demás temas que se hubiesen hecho valer, aun los de constitucionalidad, haciéndose la remisión de expedientes respectiva.
Vigencia: A partir del 14 de diciembre de 2012
Fuente: Acuerdos Generales números 13 y 14/2012 del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), por el que se levanta el aplazamiento de la resolución de los amparos en revisión y de los directos del conocimiento de los Tribunales Colegiados de Circuito en los que subsista o sea necesario abordar la constitucionalidad de algunos preceptos del CFF y la LISR, (SCJN, DOF del 13 de diciembre).
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