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miércoles, 11 de mayo de 2016

Cómo calcular el factor de integración salarial

Procedimiento para la correcta integración de las prestaciones legales y/o contractuales al SBC de los trabajadores.


El elemento básico para la correcta determinación y pago de las cuotas obrero-patronales es el salario base de cotización (SBC), al ser la base sobre la cual se aplican las diversas primas de los Seguros integrantes del Régimen Obligatorio del Seguro Social, así como la de las aportaciones de vivienda al Infonavit.
Por lo anterior es primordial considerar que el SBC se integra por todos aquellos pagos que perciben los subordinados a cambio de su labor, esto es el salario pactado y demás prestaciones otorgadas por los servicios prestados, salvo los conceptos señalados en el artículo 27 de la LSS o los que se les cubran por su calidad de trabajadores.
En este sentido existen los siguientes tres tipos de SBC:
  • fijo: el integrado por las cantidades conocidas y permanentes obtenidas por los trabajadores por el desarrollo normal de su labor, es decir, el salario, cuota diaria, y prestaciones legales y/o contractuales conocidas desde el inicio hasta la conclusión de la relación laboral, tales como: aguinaldo, prima vacacional, etc
  • variable: el conformado por los ingresos no conocidos y que se encuentran directamente ligados a los servicios prestados, por ejemplo los pagos por unidad de tiempo u obra (destajos), premios, comisiones, horas extraordinarias, primas dominicales, vacaciones pagadas y no disfrutadas, entre otros, y
  • mixto: el formado por los salarios anteriores
En el caso de los SBC de tipo fijo y mixto, es de suma importancia conocer la forma en que se calcula el factor de integración, porque con su aplicación directa, el patrón determina la parte fija integrada del salario de sus trabajadores, a la cual adicionará el promedio de las variables del bimestre correspondiente, o bien el SBC a comunicar al Instituto.
La fórmula aplicable para calcular el factor  en comento es:
                               
Sin embargo, para poder aplicar lo anterior es necesario:
 
Caso práctico
Prestaciones mínimas de Ley
La empresa Diseños Franceses, SA de CV a efecto de conocer cuál es el factor de integración salarial aplicable a un trabajador en su primer año de servicios, quien tiene derecho a las prestaciones mínimas de ley, realizará el siguiente procedimiento:
1. Determinación de la Proporción Diaria de Aguinaldo
FÓRMULASUSTITUCIÓN
Días de aguinaldo
15
Entre:Días del año
365
Igual:Proporción diaria de aguinaldo
0.0411

2. Determinación de la Proporción Diaria de Prima Vacacional
FÓRMULASUSTITUCIÓN
Días de vacaciones
6
Por:Porcentaje de prima vacacional
25% 
Igual:Proporción anual de prima vacacional
1.5 
Entre:Días del año
365
Igual:Proporción diaria de prima vacacional
0.0041 
3. Determinación del Factor de Integración Salarial
FÓRMULASUSTITUCIÓN
Valor que representa la cuota diaria
Mas:Proporción diaria de aguinaldo
0.0411 
Mas:Proporción diaria de prima vacacional
0.0041 
Igual:Factor de integración
1.0452
Cabe señalar que conforme el trabajador genere antigüedad en la empresa, las prestaciones irán aumentando por los años cumplidos, y por ende el factor de integración salarial cambiará de acuerdo con la tabla siguiente:
AÑOS DE SERVICIODÍAS DE VACACIONESPRIMA VACACIONAL AGUINALDO FACTOR 
1
6
0.25
15 
1.0452 
2
8
0.25 
15 
1.0466 
3
10
0.25 
15
1.0479 
4
12 
0.25 
15 
1.0493 
5
14
0.25 
15
1.0507 
6
14 
0.25 
15 
1.0507
7
14 
0.25 
15 
1.0507 
8
14 
0.25 
15
1.0507 
9
14 
0.25 
15 
1.0507 
10 
16
0.25 
15 
1.0521 
11
16
0.25 
15
1.0521 
12
16
0.25 
15 
1.0521 
13
16
0.25
15 
1.0521 
14
16
0.25 
15
1.0521 
15
18
0.25
15
1.0534
16
18 
0.25
15 
1.0534
17 
18
0.25 
15 
1.0534 
18
18 
0.25
15 
1.0534 
19
18
0.25 
15
1.0534 
20 
20 
0.25 
15 
1.0548 
21
20 
0.25 
15 
1.0548 
22 
20 
0.25 
15 
1.0548 
23
20 
0.25 
15
1.0548 
24 
20
0.25 
15 
1.0548
25
22
0.25 
15
1.0562 
 Prestaciones superiores a las legalesDe igual forma, si las prestaciones pactadas en el contrato de trabajo son superiores a las establecidas en la LFT, el procedimiento a aplicar es el expuesto, pero sustituyendo los valores respectivos, como a continuación se muestra.
Los datos a considerar son: 30 días de aguinaldo, 20 días de vacaciones y una prima vacacional del 50%.
1. Determinación de la Proporción Diaria de Aguinaldo
FÓRMULASUSTITUCIÓN
Días de aguinaldo
30
Entre:Días del año
365
Igual:Proporción diaria de aguinaldo
0.0822
2. Determinación de la Proporción Diaria de Prima Vacacional
FÓRMULASUSTITUCIÓN
Días de vacaciones
20
Por:Porcentaje de prima vacacional
50%
Igual:Proporción anual de prima vacacional
10 
Entre:Días del año
365
Igual:Proporción diaria de prima vacacional
0.0274 
 3. Determinación del Factor de Integración Salarial
FÓRMULASUSTITUCIÓN
Valor que representa la cuota diaria
1

Mas:Proporción diaria de aguinaldo
0.0822
Mas:Proporción diaria de prima vacacional
0.0274

Igual:Factor de integración
1.1096
Conclusiones
La incorrecta determinación de los factores de integración salarial es uno de los motivos generadores de diferencias en el pago de las cuotas obrero-patronales, de ahí que se sugiera a los patrones verificar el cálculo de dichos factores, así como la aplicación de los cambios correspondientes en los días en que sus trabajadores cumplan años de servicio, y así estén en condiciones de presentar ante el Seguro Social los avisos de modificaciones salariales respectivos.
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