En la nota Trámites para recibir prestaciones económicas IMSS se abordaron las condiciones que deben cumplir los asegurados y sus beneficiarios para obtener las pensiones proporcionadas por el IMSS. En esta ocasión, complementamos esa información con otras prestaciones económicas que pueden solicitar los derechohabientes de este Instituto, según lo dispuesto en el AcuerdoACDO. SA2.HCT.280312/86.P.DPES y anexos, dictado por el H. Consejo Técnico en la sesión ordinaria celebrada el 28 de marzo del presente año, relativo a la aprobación de los datos y documentos específicos que se deben proporcionar o adjuntar para efectuar diversos trámites por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social, del 17 de julio pasado, mismo que entra en vigor el 15 de septiembre de este año.
Trabajadores
Prestación | Datos | Documentos (en original y copia para cotejo) |
Ayuda para gastos de matrimonio1 | Datos del:
| Del asegurado:
|
Ayuda para gastos de funeral1 | Datos del:
| Del:
|
Patrones
Beneficio | Datos | Documentos (en original y copia para cotejo) |
Celebración de convenio indirecto y reembolso de subsidios1 |
|
|
Notas:
1 El tiempo de resolución de este trámite es de 28 días naturales
2 Credencial para votar, cartilla del Servicio Militar Nacional, pasaporte, cédula profesional, o credencial ADIMSS. Tratándose de extranjeros pasaporte o forma migratoria
3 Este documento no será necesario cuando presente la credencial ADIMSS
4 Si el acta está en idioma diferente al español, se presentará adicionalmente la traducción autorizada o emitida por un perito reconocido por el Tribunal Superior de Justicia de cualquier entidad federativa del territorio nacional, o bien a falta de éste por alguna institución o entidad oficial, como son las universidades o instituciones autorizadas para ello
5 Podrá entregarse la impresión de la CURP obtenida a través de la página de Internet del Registro Nacional de Población. No se tendrá que presentar cuando se trate de extranjeros que no radiquen en México
6 Podrá exhibirse la factura o el documento fiscal que avala el pago de los servicios funerarios de un asegurado o pensionado del IMSS, que describa cualquier gasto como es el ataúd, cremación, embalsamamiento, equipo de velación, derechos del servicio de entierro o servicio de traslado y en general gastos por servicios funerarios o de velación. Si el deceso ocurre en el extranjero, en un país con idioma diferente al español, deberá presentar adicionalmente la traducción autorizada en los términos descritos en la nota 4
2 Credencial para votar, cartilla del Servicio Militar Nacional, pasaporte, cédula profesional, o credencial ADIMSS. Tratándose de extranjeros pasaporte o forma migratoria
3 Este documento no será necesario cuando presente la credencial ADIMSS
4 Si el acta está en idioma diferente al español, se presentará adicionalmente la traducción autorizada o emitida por un perito reconocido por el Tribunal Superior de Justicia de cualquier entidad federativa del territorio nacional, o bien a falta de éste por alguna institución o entidad oficial, como son las universidades o instituciones autorizadas para ello
5 Podrá entregarse la impresión de la CURP obtenida a través de la página de Internet del Registro Nacional de Población. No se tendrá que presentar cuando se trate de extranjeros que no radiquen en México
6 Podrá exhibirse la factura o el documento fiscal que avala el pago de los servicios funerarios de un asegurado o pensionado del IMSS, que describa cualquier gasto como es el ataúd, cremación, embalsamamiento, equipo de velación, derechos del servicio de entierro o servicio de traslado y en general gastos por servicios funerarios o de velación. Si el deceso ocurre en el extranjero, en un país con idioma diferente al español, deberá presentar adicionalmente la traducción autorizada en los términos descritos en la nota 4
Fuente: IDC.
SE LES HACE DE SU CONOCIMIENTO QUE TODA ATENCIÓN PERSONAL CAUSARÁ HONORARIOS, INCLUYENDO LOS GASTOS DE TRASLADO, INDEPENDIENTEMENTE DE LA REVISIÓN DE SU INFORMACIÓN.
C.P.T. Ricardo López Tinajero
Ciudad Satélite.
Celular de ayuda: 044-55-38-82-96-10o de celular a celular 55-38-82-96-10
Hacemos de su conocimiento el nuevo correo dónde recibiremos con gusto sus dudas y consultas en el ámbito fiscal:
r.coficost@gmail.com
Hacemos de su conocimiento el nuevo correo dónde recibiremos con gusto sus dudas y consultas en el ámbito fiscal:
r.coficost@gmail.com
COFICOST S.C.
Te recordamos que tus datos son confidenciales y se encuentran protegidos por ley de acuerdo al IFAI
Adquiere tu E-book de los temas que te llaman la atención.
A partir de ahora te podemos enviar a tu correo la información ampliada de los temas que sean de tu interés, solo envíanos tu correo para que no sean considerados como SPAM en tu bandeja de entrada.
Te recordamos que nuestro número telefónico es: 43-33-18-03
Te recordamos que nuestro número telefónico es: 43-33-18-03
- Declaración Anual.
- Elaboración de DIOT.
- IETU.
- Pagos Provisionales.
- Factura Electrónica.
- CBB.
- IVA.
- IMSS.
No hay comentarios:
Publicar un comentario