Se aumenta el importe para poder exentar el pago del ISR de nueve a quince veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente (SMGV), tratándose de jubilaciones, pensiones, haberes de retiro, así como las pensiones vitalicias u otras formas de retiro, provenientes de la subcuenta del seguro de retiro o de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, previstas en la Ley del Seguro Social y las provenientes de la cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro prevista en la Ley del ISSSTE, en los casos de invalidez, incapacidad, cesantía, vejez, retiro y muerte (art. 109,fracción III de la LISR), como se muestra a continuación:
Área geográfica
| ||||
Concepto
|
A
|
B
|
C
| |
SMGV
|
$62.33
|
$60.57
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$59.08
| |
Por:
|
Veces
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15
|
15
|
15
|
Igual:
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Importe exento diario
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$934.95
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$908.55
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$886.2
|
Por:
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Días del año
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365
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365
|
365
|
Igual:
|
Importe exento anual
|
$341,256.75
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$331,620.75
|
$323,463.00
|
Por el excedente se pagará el ISR.
Vigencia: A partir del 26 de mayo de 2012.
Fuente: Decreto por el que se reforma la fracción III del artículo 109 de la Ley del Impuesto sobre la Renta(DOF del 25 de mayo de 2012, SHCP).
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