El Servicio de Administración Tributaria (SAT) puso a disposición de los contribuyentes una serie de trípticos que incluyen los procedimientos que deben seguir las personas físicas que obtengan ingresos por los conceptos siguientes:
1. Por bienes inmuebles a través de una herencia o legado.
2. Por la venta o enajenación de bienes inmuebles.
3. Por la donación un bien inmueble.
4. Por la venta de casa habitación.
ftp://ftp2.sat.gob.mx/asistencia_servicio_ftp/publicaciones/folletos12/vendio_01082012.pdf
Fuente: SAT.
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