Contadores Públicos

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martes, 18 de diciembre de 2012

Paquete económico 2013


Fue presentado el 7 de diciembre por el Secretario de Hacienda y Crédito Público al Congreso de la Unión para su aprobación y discusión, conformado por los siguientes documentos:
  • Criterios Generales de Política Económica para la Iniciativa de la Ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente al Ejercicio Fiscal de 2013
  • Iniciativa de Decreto por el que se expide la LIF para el ejercicio fiscal 2013
  • Informe sobre el uso de la facultad conferida al Ejecutivo Federal en materia arancelaria
  • Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2013
LIF
Concepto
Planteamiento
Recargos
Aplicará la tasa del 0.75% mensual sobre los saldos insolutos
Estímulos fiscales
Se conservarían los siguientes:
  • la adquisición de diesel para el sector primario y autotransporte, excepto el de minería
  • el uso de red de autopistas
Exenciones
Se eximiría del  pago del:
  • impuesto sobre automóviles nuevos (ISAN) tratándose de automóviles con propulsión de baterías eléctricas recargables, así como de los eléctricos que además cuenten con motor de combustión interna o con motor accionado por hidrógeno
  • derecho de trámite aduanero que se cause por la importación de gas natural
ISR 
Concepto
Propuesta
Tasa del ISR
No habría reducción, se continuaría aplicando la de 2012, esto es, del 30%
Deducciones personales
No se podrían hacer deducibles las erogaciones por concepto de  gastos médicos, hospitalarios, dentales y de  transportación escolar obligatoria si se realizan en efectivo, por ende, se deberían cubrir únicamente con:
  • cheque nominativo del contribuyente
  • transferencias electrónicas de fondos desde cuentas abiertas a su nombre en instituciones que conformen el sistema financiero y las entidades autorizadas por BANXICO
  •  tarjeta de crédito, débito o de servicios a nombre del causante
Régimen de intereses
Diferir  la entrada en vigor de ese nuevo régimen hasta el 1o de enero de 2014
Intereses pagados a bancos extranjeros
Se sujetarían a una tasa del 4.9%
Fondos de pensiones y jubilaciones del extranjero
Las personas morales que tuviesen como accionistas a fondos de pensiones y jubilaciones del extranjero, podrían excluir, para el cálculo del 90% de los ingresos totales, el ajuste anual por inflación acumulable y la ganancia cambiaria derivadas exclusivamente de las deudas contratadas para la adquisición o para obtener ingresos por el otorgamiento del uso o goce temporal, de terrenos o de construcciones adheridas al suelo, ubicados en el país, si desde el inicio de la participación en la persona moral respectiva, dichos fondos y jubilaciones cumplen con los requisitos establecidos en la LISR
Operaciones financieras derivadas de deuda
Se precisaría de manera expresa, que durante ese ejercicio fiscal, la exención prevista en elartículo 199, séptimo párrafo de la LISR, aplicaría a toda operación financiera derivada, en la cual alguna parte de la operación del swap esté referenciada a la tasa de interés interbancaria de equilibrio (TIIE), o a los títulos de crédito emitidos por el Gobierno Federal o por el Banco de México
No contribuyentes
Se considerarían como instituciones de beneficencia  para efectos del artículo 95 de la LISR, las:
  • cívicas, enfocadas a promover la participación ciudadana en asuntos de interés público
  • dedicadas a:
    • apoyar:
      • el desarrollo de los pueblos y comunidades indígenas
      • el aprovechamiento de los recursos naturales, la protección del ambiente, la flora y la fauna, la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como la promoción del desarrollo sustentable a nivel regional y comunitario, de las zonas urbanas y rurales
    • promocionar:
      • la equidad de género
      • el deporte
      • la defensa de los derechos de los consumidores
      • el fomento educativo, cultural, artístico, científico y tecnológico
    • aportar de servicios para la atención a grupos sociales con discapacidad
    • fomentar acciones para mejorar la economía popular
    • participar en acciones de protección civil
    • prestar servicios de apoyo a la creación y fortalecimiento de organizaciones dedicadas a actividades objeto de fomento en términos de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil
Maquila con modalidad de albergue
Para 2013 se consideraría que los residentes en el extranjero no tienen establecimiento permanente en el país por las actividades de maquila que realicen a través de empresas que cuenten con un programa de maquila bajo la modalidad de albergue autorizado por la Secretaría de Economía, siempre que tales residentes no sean su parte relacionada, ni de una parte relacionada en el extranjero de la misma.
El residente en el extranjero que operen en México informaría anualmente de las operaciones de maquila que realice con partes relacionadas y partes independientes, ubicadas en el extranjero o en territorio nacional de conformidad con las reglas de carácter general emitidas por el SAT
IETU 
Concepto
Planteamiento
Crédito por exceso de deducciones
Continuaría la prohibición de acreditarlo contra el ISR del ejercicio
Listado de conceptos que sirvió de base para calcular el IETU
Se presentaría de manera anual
IESPS
Concepto
Sugerencia
Tasa aplicable
No habría reducción, se continuaría aplicando la de 2012 para los siguientes productos:
  • cerveza con una graduación de más de 14 grados G.L: 26.5%,
  • bebidas alcohólicas con una graduación de más de 20 grados G.L: 53%



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