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jueves, 12 de julio de 2012

Nueva cara de la factura electrónica


Desde el 1 de julio de 2012, la factura electrónica tiene unas nueva cara, de acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), pues en la Segunda Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RM) para 2012 se establecieron los cambios y algunas facilidades para la emisión adecuada de los nuevos comprobantes, que se deben considerar para que no sea considerado como apócrifo.
Uno de los principales cambios es que el emisor debe señalar claramente en la factura el régimen fiscal bajo el cual opera. Sin embargo, la autoridad permite llenar este renglón con la leyenda “no aplica” en el caso de que se desconozca el dato.
Las nuevas facturas también deben incluir el método de pago: efectivo, crédito, cheque o tarjeta de débito con lo cual se liquidó el monto señalado en el documento.
Si el contribuyente desconoce la forma de pago al momento de expedir el comprobante, nuevamente la autoridad permitirá que en ese rubro se escriba “no identificado“, para dar por cumplida la obligación.
Las nuevas facturas electrónicas también tendrán unidades de medida para complementar la descripción del bien o servicio que se adquirió.
Si el contribuyente imprimió comprobantes fiscales a finales de 2010, éstos se podrán seguir utilizando durante los dos años que tienen de vigencia y no será necesario agregar los nuevos requisitos.


Fuente: SAT



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